ACELEX Ciudadano · Peticiones y reclamaciones
Abogados para Derechos de Petición en Colombia
Solicite información, pida documentos o reclame una respuesta. Redactamos y revisamos su petición ante entidades públicas y, cuando procede, empresas privadas, con solicitudes concretas y soporte jurídico.
Desde $150.000 COP · Servicio profesional
Escrito en 1 a 2 días hábiles · Con información completa
Entrega del escrito en 1 a 2 días hábiles desde la confirmación del servicio y la recepción de la información y los documentos completos. Si el asunto exige un alcance diferente, se acuerdan previamente el valor y el plazo. Este no es el término de respuesta del destinatario.
Servicios y honorarios
Contrate lo que necesita. Con alcance definido.
Puede solicitar un escrito, revisar uno existente o contratar acompañamiento. Antes de empezar confirmamos el entregable, el valor y las actividades incluidas.
Redacción de su petición
Estudio de los antecedentes suministrados, identificación del destinatario, escrito adaptado a su solicitud y relación de anexos. Incluye orientación para presentarlo; la radicación se acuerda aparte.
Desde $150.000 COPCotizar redacciónRevisión de petición o respuesta
Revisamos su borrador o la contestación recibida. El entregable —observaciones, versión ajustada o análisis de la ruta— se define antes de contratar.
Desde $150.000 COPCotizar revisiónRadicación y seguimiento
Presentación por el canal acordado, conservación del comprobante y seguimiento dentro del periodo contratado. Requiere documentos, autorizaciones y alcance definidos.
Cotización según alcanceSolicitar acompañamientoNo respondieron o falta información
Analizamos petición, constancia de recepción, fechas y respuesta, si existe. Evaluamos el mecanismo procedente; la eventual tutela requiere un servicio y honorarios propios.
Evaluación y cotizaciónRevisar mi respuestaPrecio base del servicio profesional. El valor final se confirma según la complejidad, los documentos y las actividades contratadas. Radicación, seguimiento, recursos y tutela se cotizan aparte. Entrega del escrito en 1 a 2 días hábiles desde la confirmación del servicio y la recepción de la información y los documentos completos. Si el asunto exige un alcance diferente, se acuerdan previamente el valor y el plazo. Este no es el término de respuesta del destinatario.
La petición es gratuita y puede presentarse sin abogado. Los honorarios de ACELEX corresponden al estudio, elaboración, revisión o acompañamiento que contrate. No garantizan una decisión favorable.
Referencia: Ley 1755 de 2015: gratuidad, modalidades y peticiones ante privados. La vía y los términos se revisan para cada caso.
Amplio alcance · Vía adecuada para cada asunto
Peticiones ante públicos y privados. Una solicitud útil empieza por su caso.
El destinatario importa, pero también su relación con él y lo que necesita obtener. Revisamos si corresponde un derecho de petición, una PQR, un reclamo de datos, un recurso u otra actuación.
Entidades públicas
Información, documentos, actuaciones y respuestas de autoridades nacionales y territoriales.
Ver peticiones ante entidades públicasEmpresas y particulares
Procedencia del derecho de petición, relaciones con usuarios y reglas especiales por sector.
Ver peticiones ante empresas privadasEntidades públicas
Estado de trámites, actuaciones, expedientes, certificados y solicitudes ante alcaldías, gobernaciones, ministerios y otras autoridades.
Información y documentos
Copias de actos, contratos, expedientes e informes. Revisamos acceso, legitimación y reservas; no todo documento puede divulgarse.
EPS, IPS y salud
Solicitudes administrativas, documentos y respuestas sobre atención, autorizaciones o medicamentos. Clasificamos la urgencia; no debe esperar este servicio ante una emergencia.
Pensiones y seguridad social
Historia laboral, semanas, certificados, estado de solicitudes y respuestas de administradoras. Las solicitudes de reconocimiento pueden tener requisitos y términos propios.
Bancos, aseguradoras y cooperativas
Información de productos, soportes de operaciones y reclamaciones. Distinguimos la petición, la reclamación del consumidor y otras vías aplicables.
Servicios públicos domiciliarios
Facturación, prestación y respuestas sobre agua, energía, gas y otros servicios. Evaluamos la PQR y los recursos según el régimen del servicio.
Telefonía e internet
Cobros, calidad, cancelación y solicitudes ante operadores. Revisamos el procedimiento sectorial y sus constancias.
Empleadores e instituciones educativas
Certificaciones, documentos y respuestas relacionadas con su vínculo. Una solicitud documental no reemplaza una reclamación o un proceso laboral.
Copropiedades y otras organizaciones
Solicitudes a administraciones, asociaciones y otras organizaciones, según el interés acreditado, los derechos involucrados y los límites de acceso.
Datos personales y reportes crediticios
Acceso, actualización, rectificación y otros reclamos sobre datos. Revisamos el régimen especial; no prometemos eliminar reportes legalmente procedentes.
¿Ya presentó una petición y no obtuvo una respuesta de fondo?
Conserve el escrito y la constancia de recepción. Evaluamos las fechas, la procedencia y las comunicaciones antes de recomendar la actuación posterior.
Ante privados, la procedencia debe verificarse según los derechos involucrados y las reglas del sector. Salud, servicios públicos, telecomunicaciones y datos personales pueden tener procedimientos y términos especiales. Una petición ordinaria no reemplaza recursos ni revive términos vencidos.
Referencia: Ley 1755, artículos 13, 32 y 33. La vía y los términos se revisan para cada caso.
PLAZOS Y REGLAS APLICABLES
¿Cuánto tiempo tienen para responder un derecho de petición?
Estas son las reglas generales, salvo norma legal especial. Se cuentan días hábiles desde el día siguiente a la recepción por la autoridad competente, según el calendario aplicable.
Peticiones generales: 15 días hábiles
Es el término ordinario para resolver solicitudes de interés general o particular que no tengan un plazo especial.
Información y documentos: 10 días hábiles
Aplica a solicitudes de información y documentos. Su incumplimiento tiene un efecto especial previsto en la ley, distinto de otras peticiones.
Consultas a las autoridades: 30 días hábiles
Corresponde a consultas sobre materias a cargo de la autoridad. Pedir información sobre su trámite no convierte automáticamente la solicitud en una consulta jurídica.
Ampliación excepcional del plazo
Antes del vencimiento, la autoridad debe explicar la demora e indicar un plazo razonable, que no puede exceder el doble del inicialmente previsto. No es una ampliación automática.
Envío a la autoridad competente
Si una petición escrita llega a una autoridad sin competencia, debe informarlo y remitirla dentro de cinco días hábiles, enviando copia al solicitante. El término para responder comienza al día siguiente de recibirla la competente.
Documentos faltantes y requerimientos
Un requerimiento válido para completar la petición afecta el cómputo. Revisamos qué información es necesaria, el plazo para aportarla y la reactivación del término; no cualquier solicitud adicional justifica la demora.
La urgencia y los regímenes especiales pueden cambiar el análisis. No calcule el vencimiento únicamente con la fecha de envío.
Ley 1755 de 2015, artículos 14, 17, 20 y 21 · Ley 4 de 1913, artículo 62
PREPARE LA REVISIÓN
Los antecedentes permiten formular una petición útil.
Para comenzar, describa brevemente su necesidad. Le indicaremos qué documentos revisar y por qué canal remitirlos.
- 01
Objetivo y destinatario
Indique qué necesita obtener, la entidad o persona involucrada y el municipio.
- 02
Fechas y actuaciones previas
Tenga disponibles la petición anterior, la constancia de recepción, los requerimientos y las respuestas, si existen.
- 03
Soportes relevantes
Identifique los documentos que explican el asunto. No envíe historias clínicas, datos financieros ni documentos de terceros en el contacto inicial.
Si existe una urgencia o un término próximo, indíquelo sin incluir detalles sensibles innecesarios.
PROCESO DE ATENCIÓN
De su necesidad a una solicitud bien sustentada.
- 01
Conocemos el asunto
Precisamos lo ocurrido, lo que busca y las fechas relevantes.
- 02
Evaluamos la vía
Revisamos antecedentes, destinatario, requisitos y términos para recomendar la actuación.
- 03
Acordamos el servicio
Definimos entregables, honorarios y si incluye radicación, seguimiento o únicamente elaboración o revisión.
- 04
Desarrollamos lo contratado
Preparamos el trabajo acordado y le explicamos los pasos siguientes. Una tutela u otra actuación requiere definir su alcance.
ACELEX · Solicite su cotización
Cuéntenos qué necesita pedir. Definimos el servicio antes de empezar.
Indique el destinatario, qué necesita obtener y si ya presentó una solicitud. No tiene que conocer el nombre del trámite para hacer el primer contacto.
Precio base: $150.000 COP
Entrega del escrito: 1 a 2 días hábiles
Precio base del servicio profesional. El valor final se confirma según la complejidad, los documentos y las actividades contratadas. Radicación, seguimiento, recursos y tutela se cotizan aparte. Entrega del escrito en 1 a 2 días hábiles desde la confirmación del servicio y la recepción de la información y los documentos completos. Si el asunto exige un alcance diferente, se acuerdan previamente el valor y el plazo. Este no es el término de respuesta del destinatario.
En el contacto inicial no envíe historias clínicas, información financiera ni documentos de terceros. Le indicaremos los soportes necesarios y el canal para remitirlos. Contactar a ACELEX no implica contratación, radicación ni representación y no suspende términos legales.
Preguntas frecuentes
Lo que necesita saber antes de contratar.
¿Qué incluye el precio base de $150.000 COP?
Es la tarifa de entrada del servicio profesional de elaboración o revisión. Antes de contratar se confirma el entregable y el valor final según la complejidad, los documentos y las actividades necesarias. La radicación, el seguimiento, los recursos y una eventual tutela se cotizan aparte.
¿Cuándo recibo el escrito?
El plazo de entrega es de 1 a 2 días hábiles desde la confirmación del servicio y la recepción de la información y los documentos completos. Si el asunto requiere un alcance diferente, el valor y el plazo se acuerdan previamente. No es el tiempo que tiene el destinatario para responder.
¿Necesito abogado para presentar una petición?
No. El derecho puede ejercerse gratuitamente y sin abogado. ACELEX cobra por el trabajo profesional contratado. También puede acudir a Personería, Defensoría del Pueblo o Procuraduría dentro de sus competencias; las copias pueden generar costos de reproducción.
¿Puedo solicitar una petición ante una empresa privada?
Sí, cuando se cumplen los supuestos legales. Revisamos la garantía de derechos fundamentales, la relación con el destinatario y, en su caso, las reglas aplicables a sus usuarios. No toda controversia privada se resuelve con una petición ordinaria.
¿Qué pasa si no contestan o la respuesta es incompleta?
Revisamos la petición, la recepción, el término aplicable y las comunicaciones. Si se vulnera el derecho fundamental puede proceder una tutela. Proteger el derecho a una respuesta de fondo no significa obtener necesariamente lo solicitado.
¿Todas las peticiones se responden en 15 días?
No. Existen distintos términos por modalidad y regímenes especiales, por ejemplo en salud, servicios públicos, telecomunicaciones y datos personales. El cómputo exige revisar recepción, competencia y requerimientos.
¿El silencio significa que aceptaron lo que pedí?
No de forma general. Debe existir una regla legal que establezca ese efecto. Las solicitudes de información y documentos ante la administración y ciertos procedimientos sectoriales tienen supuestos específicos que deben verificarse.
¿Una petición reemplaza un recurso o una demanda?
No sustituye sus requisitos ni términos. Si recibió una decisión que quiere controvertir, debe revisarse de inmediato la vía correspondiente. Una solicitud ordinaria no revive una caducidad vencida.
¿Puedo solicitar documentos reservados o de otra persona?
El acceso puede requerir acreditar titularidad, autorización o facultad expresa, y existen reservas legales. Evaluamos el fundamento de una negativa y, cuando corresponda, el mecanismo de insistencia. La tutela no lo reemplaza automáticamente.
Referencia: Ley 1755 de 2015: gratuidad, modalidades y peticiones ante privados. La vía y los términos se revisan para cada caso.